Condonación del Préstamo

(“Loan Forgiveness”)

¿Préstamo condonado?

La Sección 1106 del CARES Act autoriza que el préstamo se condone, si el Beneficiario Elegible cumple con ciertas condiciones.

¿Por qué se condona?

Un préstamo aprobado bajo el PPP podría ser condonado si el Beneficiario Elegible, durante el Periodo Cubierto, incurre y paga Costos de Nómina, intereses de cualquier Préstamo Hipotecario, pagos de Obligaciones de Alquiler y Pagos de Servicios Públicos.

Conceptos importantes

(Esta información no constituye una interpretación final del CARES Act o de la reglamentación, sino es un resumen para fines informativos exclusuvamente.  Para detalles favor de referirse al CARES Act y las Guías y debe consultar el asunto con un profesional si tiene alguna duda)

Periodo Cubierto

Periodo de 8 semanas luego de la fecha del préstamo.

Costos de Nómina

La suma de cualquier compensación relacionada con los empleados que sea: (i) salarios, sueldos, comisiones o similar compensacion, (ii) pago de propinas o su equivalente (basado en los récords del negocio o, en su ausencia un estimado de buena fe); (iii) pago de ciertas licencias; (iv) compensación por despido o separación; (v) pago para beneficios de salud grupales, incluyendo primas de seguros, (vi) pago de cualquier beneficio de retiro y; (vii) el pago de impuestos estatales o locales fijados sobre la compensación del empleado. 

Préstamo Hipotecario

Cualquier deuda o instrumento de deuda, incurrido en el curso ordinario del negocio, que (i) es un pasivo del solicitante, (ii) es una hipoteca (o prenda) sobre propiedad inmueble o mueble y; (iii) se incurrió antes del 15 de febrero de 2020.

Obligaciones de Alquiler

Obligaciones por un alquiler, que está sujeto a un contrato de arrendamiento, si estaba en vigor  antes del 15 de febrero de 2020 o fechado antes de esa fecha. 

Pagos de Servicios Públicos

Pagos por un servicio para la distribución de electricidad, gas, agua, transportación, teléfono o acceso al internet, para el cual el servicio comenzó antes del 15 de febrero de 2020.

¿Monto del préstamo?

La cantidad máxima del préstamo será 2.5 veces el promedio mensual de los pagos de nómina.  Si el negocio estaba en operaciones al 15 de febrero de 2020, el promedio se calcula a base de los costos de nómina incurridos durante el año anterior, a la fecha en que se hace el préstamo.  Para otros casos, como negocios de temporada o negocios que no estaban en operaciones al 15 de febrero de 2020, otros requisitos aplican.  El préstamo nunca podrá ser mayor de $10,000,000.

¿Qué hacer?

  • Examine la perspectiva financiera del negocio.
  • Determine la necesidad de fondos para atender cualquier insuficiencia en el flujo de efectivo.
  • Organice sus documentos (nómina, planillas trimestrales y otros detalles necesarios para calcular el promedio mensual).
  • Considere alternativas financieras disponibles para mantener su empresa como un negocio en marcha y superar los efectos del COVID-19.

Gastos condonables

Al menos el 75% de los gastos, que se paguen con el préstamo, deben destinarse a los Costos de Nómina y, por tanto, los gastos no asociados con la nómina no deben exceder el 25%, como condición poder condonarse.  Aquellos gastos no asociados con la nómina, que pudiesen ser condonados, deberán adelantar el objetivo del PPP.  SBA anunció que emitirá guías adicionales sobre la condonación del préstamo.

¿Contratistas = Empleados?

Para fines de la condonación, el pago a los contratistas independientes, que presten servicios al Beneficiario Elegible, no se considerará como pagos a los empleados.  Los contratistas independientes, autoempleados y dueños de negocios (DBAs) (todos identificados como cuentapropistas) que no tienen empleados pueden solicitar el préstamo.  Para detalles acceda al Boletín Núm. 9.

Boletín Núm. 9 - Documentos - Cuentaprop[...]
Adobe Acrobat document [239.7 KB]

Cantidad a ser condonada

Se condona una cantidad no mayor al principal tomado y cualquier interés acumulado por razón del préstamo.  Ciertas consideraciones aplican para el caso de cuentapropistas.  Acceda la Segundas Guías, abajo, para más detalles sobre los cuentapropistas (ver páginas 12-13).

PPP - Interim-Final-Rule - 2020.abr.20.p[...]
Adobe Acrobat document [82.3 KB]

Gastos no condonables

Ciertas partidas de la nómina no serán condonables, porque no están incluidas en la definición de Costos de Nómina.  Según las Guías, estas partidas son:

  • la compensacion de un empleado, cuyo salario anual sea mayor de $100,000, prorrateado según sea necesario, durante el Periodo Cubierto;
  • las contribuciones fijadas por razón de la nómina (FICA y FUTA) o retenidas a los salarios en el origen, ambos durante el Periodo Cubierto;
  • cualquier compensación a un empleados, cuyo lugar de residencia es fuera de los EEUU;
  • la licencia cualificada por enfermedad que haya sido pagada y que puede ser tomada como crédito contributivo, según la Sección 7001 del “Families First Coronavirus Response Act” o;
  • la licencia cualificada por razones familiares que haya sido pagada y que puede ser tomada como crédito contributivo, según la Sección 7003 del “Families First Coronavirus Response Act”.

Nómina inalterada

La condonación total del préstamo está sujeta a que la cantidad de empleados se mantenga inalterada.  Además, la condonación estará sujeta a que el Beneficiario Elegible, durante el Periodo Cubierto, no reduzca el salario de un empleado en exceso a un 25% del total de su salario, según se refleje en el trimestre más reciente en el que el empleado estuvo en nómina.  Si cualquiera de los anteriores casos ocurre, la cantidad a condonarse se reducirá, según fórmulas del CARES Act.

"Re-hiring"

Si, entre el 15 de febrero y el 26 de abril de 2020, el Beneficiario Elegible reduce la cantidad de empleados y/o el salario de uno o más empleados y, antes del 30 de junio de 2020, restablece esa cantidad de empleados y/o el salario o sueldo a los empleados afectados, cualquiera de las reducciones no se considerará para fines de solicitar la condonación total de la deuda. La fecha para comparar la reducción es el 15 de febrero de 2020.

Mal uso del préstamo

Si el Beneficiario Elegible lo utiliza para usos no autorizados,* SBA gestionará el cobro.  Si se usa indebidamente y con conocimiento de ello, le podrán radicar cargos por fraude.  Si  cualquiera de los dueños del Beneficiario Elegible utiliza los fondos para usos no autorizados, SBA gestionará el cobro de estos directamente al dueño.

* Los usos autorizados incluyen aquellos reconocidos en la Sección 7 (a) del “Small Business Act” (Ver 13 CFR §120.120  “What are eligible uses of proceeds?”)

Si no se condona...

  1. El repago es de 2 años.
  2. La tasa de interés será de 1.00%.
  3. No se exigirá colateral o garantía prestataria.
  4. No se exigirá garantías personales.
  5. Los pagos comenzarán a los 6 meses.
  6. Si el préstamo se paga antes del vencimiento, no habrá penalidad.

Cargos por el préstamo

SBA le pagará a las instituciones por el procesamiento del préstamo bajo el PPP.  

Boletines

Boletín Núm. 1

Boletín Núm. 1 - Elegibilidad en general[...]
Adobe Acrobat document [204.2 KB]

Boletín Núm. 2

Boletín Núm. 2 - Inelegibilidad + Gastos[...]
Adobe Acrobat document [164.9 KB]

Boletín Núm. 3

Boletín Núm. 3 - Elegibilidad + Costos d[...]
Adobe Acrobat document [166.6 KB]

Boletín Núm. 4

Boletín Núm. 4 - Fórmula + Estabilidad d[...]
Adobe Acrobat document [208.8 KB]

Boletín Núm. 5

Boletín Núm. 5 - Proceso + Usos y otros.[...]
Adobe Acrobat document [204.3 KB]

Boletín Núm. 6

Boletín Núm. 6 - Honorarios de los agent[...]
Adobe Acrobat document [137.4 KB]

Boletín Núm. 7

Boletín Núm. 7 - Agentes.pdf
Adobe Acrobat document [136.3 KB]

Boletín Núm. 8 - Documentos - Patronos

Boletín Núm. 8 - Documentos - Patronos.p[...]
Adobe Acrobat document [263.2 KB]

Boletín Núm. 9 - Documentos - Cuentapropistas

Boletín Núm. 9 - Documentos - Cuentaprop[...]
Adobe Acrobat document [762.1 KB]
Print | Sitemap
© 2016-2020 Academia para la Educación Legal y Forense